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📋 AFIP: Monotributistas que Adhieran al Blanqueo Mantendrán Su Categoría 🔍

  📋 AFIP: Monotributistas que Adhieran al Blanqueo Mantendrán Su Categoría 🔍

📅 ¿Cuándo?
El 9 de septiembre de 2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó la resolución general 5561, que reglamenta las nuevas disposiciones relacionadas con el blanqueo de capitales introducidas por el decreto 773/2024.

📜 ¿Qué?
La nueva resolución establece que los monotributistas que participen en el régimen de blanqueo de capitales no experimentarán cambios en su categoría dentro del régimen simplificado para pequeños contribuyentes. Es decir, la tenencia de activos declarados en el marco del blanqueo no afectará su clasificación o su situación impositiva pasada. Además, la resolución detalla los requisitos de documentación necesarios para acreditar la titularidad y valuación de los bienes incluidos en el blanqueo.

👥 ¿Quién?
La normativa es de aplicación para todos los contribuyentes que estén adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocidos como monotributistas, que decidan regularizar su situación a través del blanqueo. La AFIP será la encargada de supervisar y aplicar estas nuevas regulaciones.

🌍 ¿Dónde?
La resolución afecta a todos los monotributistas en Argentina, sin importar su ubicación, ya que el régimen de blanqueo y la normativa aplicable se implementan a nivel nacional.

🤔 ¿Por qué?
La decisión de la AFIP busca simplificar el proceso para los pequeños contribuyentes que desean regularizar sus activos sin enfrentar complicaciones adicionales. Al mantener su categoría dentro del monotributo, se busca incentivar la adhesión al blanqueo y facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, mientras se asegura una adecuada documentación y valoración de los bienes declarados.

🔗 Para más detalles sobre los requisitos y procedimientos, consulta la Resolución General 5561 publicada en el Boletín Oficial.

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