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Publicación: Domingo 29 de Julio del 2012 |
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Acceso a la información en Colombia: 124 años después |
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Si uno quisiera realizar una genealogía del derecho a saber en América Latina, la historia comenzaría con el Código de Organización Política y Municipal que Colombia adoptó en 1888. El código permitía solicitar documentos públicos a organismos gubernamentales salvo que alguna ley dispusiera lo contrario. Ciento veinticuatro años después, la historia del reconocimiento del derecho a saber suma un nuevo capítulo: en junio, el Congreso de la República de Colombia aprobó un proyecto de "ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública nacional". El texto aprobado, que todavía necesita el aval de la Corte Constitucional para convertirse finalmente en ley, podría ser visto como un avance. Sin embargo, es importante advertir que algunas cuestiones incluidas en el proyecto pueden hacerlo fracasar en su implementación o llevar a interpretaciones que bloqueen el derecho a la información en lugar de garantizarlo.
A favor digamos que el proyecto presenta algunos aspectos que lo sitúan en la última ola de legislaciones, como el énfasis en la gestión integral de la información con políticas que promueven una adecuada producción, sistematización y publicación de documentos públicos. Pero no todos han sido aplausos: la iniciativa aprobada por el Congreso ha generado dudas y controversias. Entre los aspectos criticados se encuentran los alcances de la legitimación pasiva; el alcance de la reserva de información por cuestiones de seguridad, y la falta de precisión con la que se establece la exclusión de los documentos resultantes de procesos deliberativos, entre otras cuestiones. En esta breve nota preferimos detenernos en el diseño institucional, en vista de la particular configuración propuesta.
La experiencia en América Latina indica que la clave para el éxito en la garantía del derecho, una vez aprobadas las leyes específicas, está en la implementación y monitoreo de su cumplimiento y en el diseño de las instituciones que se encargarán de esas tareas. Y aquí, para nosotros, aparece el mayor desafío del proyecto: el diseño elegido por el legislador en Colombia resulta inusual y genera incertidumbre acerca de la efectividad de las políticas que se van a implementar. De acuerdo con el proyecto, siete organismos gubernamentales se encargarían de implementar la normativa. Delegar la implementación de una política integral de gestión de la información en manos de más de media docena de organismos genera un desafío de coordinación inmenso. No olvidemos que la coordinación interinstitucional debe ser probablemente una de las mayores dificultades para la acción efectiva de los Estados.
Contar con una ley es un paso necesario mas no suficiente para garantizar el derecho a saber. Tal como lo sugiere la ley modelo en la materia, elaborada por la OEA, el establecimiento de responsabilidades claras a un organismo con alta autonomía, libre de influencia política y con capacidad de fijar e implementar políticas públicas en la materia es un aspecto crucial para llevar a la práctica las leyes de acceso a la información. Hoy, a ciento veinticuatro años de los primeros pasos en la problematización de la información pública, el desafío es considerar la experiencia de quienes ya han avanzado en la implementación de las leyes de acceso a la información para arribar a textos más sólidos y capaces de garantizar sin claroscuros el derecho a saber.
Eduardo Bertoni.
Director e investigadora principal del Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información (Cele).
Facultad de Derecho, Universidad de Palermo (Argentina). |
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