Pese a la reforma de 2009, que se propuso eliminar estas figuras del Código Penal para asuntos de interés público, un trabajo del CELE muestra que siguen siendo utilizadas, incluso por altos funcionarios del Gobierno
No hay periodismo independiente en el mundo, nadie es independiente. En mi país tampoco hay prensa independiente y objetiva. No debe haber una Presidenta más descalificada, más insultada y más agraviada que esta Presidenta. Sin embargo, esta Presidenta envió al Congreso el proyecto para eliminar el delito de calumnias e injurias para los periodistas. Para que cualquier periodista pueda decir lo que quiera", se jactó Cristina Fernández de Kirchner durante la conferencia que brindó el miércoles último en la Universidad de Georgetown.
Mientras ella hablaba en Washington, en Buenos Aires, el Centro de Estudios en Libertad de Expresión y Acceso a la Información de la Universidad de Palermo, que preside Eduardo Bertoni, ex relator para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la OEA, presentaba una investigación que confirma que lo que dijo la Presidenta es cierto, aunque no del todo... Los delitos de calumnias (que consiste en imputar falsamente a alguien la comisión de un delito) e injurias (que lo comete quien deshonra o desacredita a alguien) no se eliminaron del Código Penal para los periodistas ni para nadie y, por el contrario, altos funcionarios del Gobierno siguen presentando querellas contra quienes los critican.
¿Cuál es la parte cierta de lo que dijo Fernández de Kirchner? Que desde que se reformó el Código, en 2009, no hubo querellas por calumnias e injurias a nivel nacional contra periodistas, una práctica corriente durante el gobierno menemista, sino que ellas tuvieron como blanco a dirigentes opositores. "Las medidas indirectas contra la prensa hoy pasan por otros lados y no tienen a los Tribunales como epicentro", observó al respecto el diputado radical Ricardo Gil Lavedra. El ex camarista federal mencionó como ejemplo que las inspecciones de la AFIP a algunos medios estaban teniendo un efecto inhibitorio similar al que en el pasado tenían las querellas criminales contra periodistas.
La investigación "Calumnias e injurias: a dos años de la reforma del Código Penal argentino" muestra que, pese a que el Congreso aprobó una ley para evitar que los procesos penales restrinjan la libertad de expresión y el debate vinculado con los asuntos de interés público, un ex jefe de Gabinete ahora senador (Aníbal Fernández, en una presentación contra Fernando "Pino" Solanas en 2010, y otra contra el ex presidente de Vélez Raúl Gámez) y un ex secretario de Estado kirchnerista (Juan Pablo Schiavi, ex secretario de Transporte, quien en 2011 querelló a Ricardo Cirielli, titular de la Asociación del Personal Técnico Aeronáutico), entre otros funcionarios, iniciaron causas por estos delitos. Y, algunos jueces, lejos de desestimarlas, las dejan abiertas y tramitan durante años. ¿Cómo es posible? Ello ocurre porque, al no definir el concepto de "interés público", los legisladores dejaron a los magistrados un margen amplio de discreción para interpretar su contenido y alcance.
"Nuestra investigación confirma las dudas que teníamos algunos sobre la reforma: si bien es un avance, no eliminó la posibilidad de seguir usando el derecho penal como herramienta de presión contra quienes se expresan en cuestiones de interés público -precisó Bertoni-. Y muestra que el número de querellas iniciadas por funcionarios públicos bajó, pero no desapareció y, con ello, se mantiene la posibilidad de un mal uso del derecho penal."
¿Qué consecuencias trae aparejadas esta vigencia? Según Bertoni, "la amenaza de una pena genera en quien se expresa un efecto inhibidor y de autocensura. Incluso el proceso penal mismo, por sus características y su naturaleza, puede generar el mismo efecto que la aplicación directa de una pena. La mayoría de los proyectos que proponían la reforma lo hacían para impedir el uso del derecho penal contra expresiones de interés público, y la investigación pone en evidencia que ese objetivo no fue cumplido totalmente".
Gustavo Bruzzone, presidente de la Cámara del Crimen, coincidió con las conclusiones del CELE. "Sin perjuicio de que la última reforma fue importante, en el sentido de poner una limitación en cuestiones del interés público, es un anhelo que las calumnias e injurias se eliminen del Código Penal. La amenaza de pena, así sea una multa o, mucho menos, una pena privativa de la libertad, debe ser eliminada."
¿Vocación u obligación?
Además, aun cuando es cierto que Fernández de Kirchner fue quien envió al Congreso el proyecto que culminó con la aprobación de la Ley 26.551, que modificó la redacción de los delitos de calumnias e injurias en el Código Penal, no lo es menos que lo hizo luego de que el 2 de mayo de 2008 la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado argentino hacerlo en una causa iniciada por Eduardo Kimel, un periodista ya fallecido que había sido condenado por criticar la actuación del juez Guillermo Rivarola en la investigación de la masacre de los curas palotinos, ocurrida durante la dictadura en la iglesia San Patricio. El caso y la reforma legislativa fueron impulsados entonces por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que declinó opinar para esta nota sobre las conclusiones de la investigación del CELE.
"Es indispensable que el Tribunal ordene al Estado argentino que adopte, en forma prioritaria, las reformas legislativas y de otro carácter que sean necesarias para evitar que hechos similares se repitan. [?] Se debe llevar adelante una reforma legal de los delitos de calumnias e injurias, y de las normas del Código Civil en tanto el modo en que se encuentran reguladas estas figuras -en virtud de su redacción y falta de precisión- da vía libre para que los tribunales argentinos fallen con criterios discrecionales, fomentado el dictado de numerosas sentencias violatorias a la libertad de expresión", pidió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a la Corte Interamericana en el caso Kimel. En el fallo, el tribunal internacional fue directo: ordenó al Estado argentino "que adecue en un plazo razonable su derecho interno a la Convención (Americana sobre Derechos Humanos), de tal forma que las imprecisiones reconocidas por el Estado se corrijan para satisfacer los requerimientos de seguridad jurídica y, consecuentemente, no afecten el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".
Varias organizaciones de la sociedad civil, incluido el CELS, criticaron en 2009 que la despenalización estuviera calificada y acotada a las expresiones de interés público, destacando que una reforma integral requeriría el relegamiento de los casos de injurias y calumnias a la justicia civil solamente.
Henoch Aguiar, ex secretario de Comunicaciones y docente de la UBA, que participó en la presentación de la investigación del CELE en representación de Fopea, insistió en la necesidad de vincular el aspecto penal y el civil en materia de libertad de expresión. "Hay que encontrar y definir algún parámetro también para la aplicación de las sanciones civiles, porque una sanción patrimonial desproporcionada puede tener un efecto inhibidor igual o peor que el castigo penal", señaló.
"Cuando se mira lo que pasa en la Argentina y la región, hay indemnizaciones que se han establecido en el fuero civil que han sido exorbitantes. Una forma de limitar esto sería establecer un tope a las multas", dijo el camarista Bruzzone, que consideró no obstante que "no hay un problema de libertad de expresión en la Argentina ahora: hay una exageración en relación a ello".
La ley 26.551 tuvo como principales objetivos adecuar los preceptos legales internos a los estándares internacionales del sistema interamericano; fortalecer el sistema democrático, habilitando la crítica y la libre circulación de ideas plurales, y disminuir el efecto inhibitorio que caracteriza a las sanciones penales, repasa el estudio de Bertoni y Agustina Del Campo.
Sobre la base de una investigación empírica, contrasta la práctica previa y posterior a la sanción de esta ley para evaluar si la reforma cumplió o no los objetivos para los que fue creada. Identificaron dos focos de tensión en la regulación y práctica actual en materia de calumnias e injurias: 1) que las figuras penales se siguen utilizando, y funcionarios y personas públicas siguen iniciando querellas, incluso en cuestiones de interés público, a pesar de la reforma, y 2) que, a pesar de las reformas sustantivas a las leyes de penalización de la expresión, no hubo hasta el momento un debate serio sobre la competencia del fuero federal para tramitar causas en las que participen, sea como querellante o querellado, un funcionario público del gobierno federal.
La investigación se realizó en los 14 juzgados nacionales en lo Criminal y Correccional de la Capital y en 11 de los 12 juzgados en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal. Para ello, el CELE solicitó autorización para tomar vista de los libros de mesas de entradas a los presidentes de la Cámara de ambos fueros y a los titulares de cada juzgado. La jueza María Romilda Servini de Cubría, titular del Juzgado Federal 1, fue la única que no permitió que se hiciera en su tribunal, donde, casualmente o no, tramitan algunas de las causas que inició el senador Aníbal Fernández. El marco temporal se estableció con base al año de la reforma (2009): se relevaron los casos existentes dos años antes y dos años después de la reforma (de 2007 a 2009 y de 2009 a abril de 2012) para habilitar el contraste de los resultados pre y posreforma. La información reflejada en el informe es información pública y surge de los libros de mesa de entradas de todos los juzgados y sus secretarías y de fuentes abiertas. Se relevó el número de causas iniciadas por calumnias e injurias, las partes y las fechas de presentación. El CELE no accedió a los expedientes individuales de cada caso.
Bertoni destacó que la Argentina fue un ejemplo cuando derogó el desacato (en 1993, a instancias de un caso iniciado por el periodista Horacio Verbitsky) y la investigación del CELE muestra que podemos seguir contribuyendo al proceso regional de despenalización de expresiones si se presta atención a las lecciones recogidas después de dos años de la reforma del Código Penal.
A la luz de la información relevada, el CELE propone despenalizar la expresión y eliminar las figuras de calumnias e injurias del cuerpo del Código Penal. "La despenalización calificada de la expresión invita al abuso. La necesidad de entrar judicialmente en una discusión respecto del interés público en la información es en sí misma contradictoria con los fines propios de la reforma, entre los cuales figura la eliminación del efecto amedrentador de los procesos penales. Los resultados de la investigación permiten concluir que la despenalización de la expresión de interés público sirvió de incentivo para la reducción en el número de causas presentadas, pero no logró la eliminación de la persecución penal de la expresión de interés público como se pretendía", concluye el informe. Oportuno, sin duda.
EN NUMEROS
Detalle de las causas abiertas, antes y después de la reforma del Código Penal
364
Querellas
fueron presentadas desde 2009 en el fuero ordinario de la Capital, 60 involucraron a personas públicas o cuestiones de interés público. Entre 2007 y 2009, este número ascendió a 885 causas abiertas en 14 juzgados ordinarios.
28
Causas
se presentaron de 2009 a la fecha ante la justicia federal, 17 de las cuales involucran a individuos en cargos públicos. Entre 2007 y la fecha de la reforma, se presentaron 55 causas, 41 de las cuales involucraban a personas públicas.
15%
De las causas abiertas
tras la reforma fueron iniciadas por funcionarios de alto rango, en querellas hechas por su derecho al honor. Esta proporción fue del 6% en el período 2007-2009, previo a la modificación del Código Penal.
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